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Apunte 27.1 / 2016 – Liquidaciones a doctores: Tratar comisiones, gastos e intereses


Apunte nº 27 / 2016 –Liquidaciones a doctores: Tratar comisiones, gastos e intereses.

Al realizar las Liquidaciones a doctores es posible hacerlo en base a un porcentaje de comisión, descontando los gastos de tratamiento imputables al doctor así como el interés del crédito de las cuotas a liquidar.

En este apunte vamos a tratar de explicar la forma en que se deben aplicar cada uno de estos conceptos:

·         Porcentaje de comisión.

·         Gastos del tratamiento.

·         Interés crediticio.

Porcentaje de comisión:

El porcentaje de comisión establece la proporción del importe de las cuotas generadas que se debe repercutir sobre el doctor en las liquidaciones.

Para poder liquidar cuotas a un doctor es necesario asignarle un porcentaje de comisión. Por defecto, el valor asignado al porcentaje de comisión es 0, lo que significa que a ese doctor no se le liquidarán cuotas.

Este porcentaje se define en Clínica > Gestión de Personal, en la pestaña Liquidaciones (esta pestaña sólo está disponible para usuarios con la categoría “Doctor”).

También es posible definir un porcentaje de liquidación dependiendo de la especialidad o de un tratamiento concreto dentro de una especialidad.

El orden de aplicación de estos porcentajes es el siguiente:

  1. Porcentaje de liquidación definido para un tratamiento.
  2. Porcentaje de liquidación definido para una especialidad.
  3. Porcentaje de liquidación definido por defecto (marcado en la imagen superior).

 

Porcentaje de participación en los gastos del tratamiento:

El porcentaje de participación en los gastos del tratamiento establece el porcentaje del importe de los gastos imputados en la realización del tratamiento que son soportados por el doctor.

Este porcentaje se define en Clínica > Gestión de Personal, en la pestaña Liquidaciones (esta pestaña sólo está disponible para usuarios con la categoría “Doctor”).

También es posible definir un porcentaje de gatos dependiendo de la especialidad o de un tratamiento concreto dentro de una especialidad.

El orden de aplicación de estos porcentajes es el siguiente:

  1. Porcentaje de gasto definido para un tratamiento.
  2. Porcentaje de gasto definido para una especialidad.
  3. Porcentaje de gasto definido por defecto (marcado en la imagen superior).

IMPORTANTE: Se utilizará el porcentaje de liquidación o de gasto por orden anteriormente comentado, si en éste no se especifica uno de los porcentajes no se aplicará un porcentaje, independientemente de si éste está definido en otra opción.

 

Interés crediticio:

Este interés hace referencia a los intereses derivados de la petición de un crédito bancario por parte de la clínica para cubrir el coste del tratamiento del paciente.

El porcentaje asociado a este interés crediticio se establece a nivel de Tipo de presupuesto a través de Clínica > Tablas auxiliares > Tablas de contabilidad > Tipos de presupuesto, de forma que al generar las cuotas de un Presupuesto o de un Plan de tratamiento se aplica el porcentaje del interés crediticio establecido en el Tipo de presupuesto asignado previamente a ese Presupuesto o Plan de tratamiento.

En cualquier momento es posible cambiar el interés crediticio asignado a una cuota de presupuesto o cuota extra a través de sus correspondientes editores.

Esto sólo es posible si la cuota aún no está liquidada.

 

Liquidación a doctores:

El cálculo para realizar la liquidación a un doctor es el siguiente:

La liquidación a un doctor se realiza seleccionando el botón “Realizar liquidación” en la barra de herramientas desde cualquiera de los formularios de liquidaciones.

Antes de confirmar el proceso, se muestra un Detalle de la liquidación con el detalle del cálculo del importe neto a liquidar.

Ejemplo de liquidación a un doctor:

En este ejemplo, el importe de las cuotas a liquidar es de 1.471,40€.

En las cuotas incluidas en la liquidación no hay que descontar correspondientes a intereses crediticios, de manera que el importe neto de las cuotas a liquidar no se modifica.

Tras la aplicación de los porcentajes de comisión del doctor sobre cada cuota, tal y como se ha explicado anteriormente, supone una deducción adicional de 70€.

Finalmente, tras deducir estos gastos de la comisión del doctor se obtiene un importe neto a liquidar de 444,99€.